¿Qué consecuencias tuvo la Revolución Francesa?
Diario el Estratega/ Jueves14 de julio del 2022
La Revolución Francesa (1789-1799) ha sido tradicionalmente considerada como el indicador del final de una época histórica y el punto de arranque de una nueva etapa: la Edad Contemporánea. Por este motivo puede aceptarse que, aunque cronológicamente el siglo XIX comenzase en 1801, históricamente se inició en 1789. Ciertamente, el estallido de la Revolución Francesa señala una línea divisoria entre dos sistemas sociopolíticos opuestos: en el Antiguo Régimen, anterior a la Revolución Francesa, el absolutismo monárquico regía una sociedad feudal; en el Nuevo Régimen surgido tras la misma, en cambio, reconocemos muchos de los rasgos que caracterizan la organización política y social del mundo contemporáneo.

La toma de la Bastilla (14 de julio de 1789) ha quedado
como el suceso icónico de la Revolución Francesa
En el terreno político, la Revolución Francesa acabó con el sistema de monarquías absolutas que había prevalecido durante siglos en muchos países europeos. Dicho sistema político se basaba en el principio de que todos los poderes (el de promulgar las leyes -legislativo-, el de aplicarlas -ejecutivo-, y el de determinar si las leyes habían sido o no cumplidas -judicial-) residían en el rey. El monarca era fuente de todo poder por derecho divino; tal derecho era la base jurídica y filosófica de su soberanía.
La Revolución Francesa establecería la separación de estos poderes, de tal manera que el legislativo correspondería a una Asamblea o Parlamento; el poder ejecutivo seguiría residiendo en el rey y sus ministros, o en un gobierno en las repúblicas; y el judicial recaería en los tribunales de justicia, como poder técnico e independiente. En definitiva, la monarquía dejaría de existir o de ser absoluta para convertirse en un sistema político en que los distintos poderes servirían de contrapesos y se controlarían mutuamente. Se entendía, además, que la soberanía no procedía sino del pueblo, el cual delegaba el ejercicio del poder en gobernantes libremente elegidos en procesos electorales periódicos.
En el plano social, las consecuencias de la Revolución Francesa serían igualmente trascendentes. El Antiguo Régimen se había caracterizado por consolidar un tipo de organización social rígido y de carácter marcadamente estamental, en la que se habían consagrado dos grupos o estamentos inamovibles: el clero y la nobleza. Estos estamentos gozaban de una jurisdicción especial que les eximía de pagar impuestos, entre otros privilegios. El tercer estamento lo integraban los campesinos, que estaban obligados a sostener los gastos del Estado con el pago de tributos.
Pero no solamente campesinos, artesanos o siervos componían el tercer estamento; una nueva clase social dinámica y próspera, enriquecida mediante los negocios, el comercio y la industria, también pertenecía jurídicamente a aquel «tercer estado» carente de privilegios: la burguesía. Esta clase emergente aspiraba a que su ascenso y su poderío económico se reflejase en el ordenamiento político. De hecho, la Revolución Francesa y su más inmediato precedente, la independencia de los Estados Unidos, constituyen los primeros ejemplos de lo que los historiadores han llamado «revoluciones burguesas». En ambas, el triunfo de la burguesía sobre la aristocracia anquilosada determinó una configuración social en concordancia con la mentalidad y los valores burgueses.

El carácter débil e indeciso de Luis XVI favoreció a los revolucionarios
De este modo, la Revolución Francesa creó una nueva sociedad cuya principal característica sería la eliminación de los privilegios y la proclamación de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley; sin embargo, este ideal de igualdad se quedaría en el plano de lo teórico, ya que la nueva sociedad establecería un nuevo tipo de jerarquización entre los ciudadanos marcada no por el origen o la sangre, como antes, sino por la posesión de riquezas. Se pasó así de una sociedad estamental cerrada (se era noble por ser hijo de nobles, sin importar méritos o riquezas) a una sociedad abierta pero clasista (la nuestra), en que el dinero y los bienes materiales determinan la clase social. El resultado de la Revolución Francesa, en suma, sería la universalización del ideario burgués y la ascensión al poder de la misma burguesía, que sería la principal beneficiaria de los cambios.
La Revolución afectó a otros países además de Francia. Los gobernantes y la aristocracia de los países vecinos se convirtieron en sus mayores enemigos, y diversas monarquías europeas formaron coaliciones antifrancesas que tenían como objetivo acabar con el proceso revolucionario y restaurar el absolutismo. Pero la Revolución encontró apoyo en los campesinos, en los trabajadores de las ciudades y en las clases medias, y sus ideas penetraron en los estamentos no privilegiados de los restantes países europeos, que, en procesos revolucionarios o reformistas, acabarían por adoptar muchos de sus principios a lo largo del siglo XIX, quedando sus sociedades y sus gobiernos configurados de forma similar. En este sentido, la Revolución Francesa fue un acontecimiento de alcance universal.
Causas de la Revolución Francesa
Antes de entrar en el análisis del proceso revolucionario francés hay que señalar las causas que lo desencadenaron, dando por sentado la dificultad que supone establecer un orden de importancia en las mismas. Debe destacarse, en primer lugar, que el impacto de la filosofía ilustrada en el proceso revolucionario es una realidad incuestionable. Las ideas que difundió la Enciclopedia de Diderot y D’Alembert (1751-1772), y las doctrinas políticas y sociales de Montesquieu, Rousseau y Voltaire dinamitaron los fundamentos teóricos de la monarquía absoluta y pusieron en manos del elemento burgués el ensamblaje teórico con el que justificar la destrucción del Antiguo Régimen. El barón de Montesquieu desarrolló la teoría de la división de poderes en El espíritu de las leyes (1748); Voltaire censuró el poder y fanatismo de la Iglesia y defendió la tolerancia y la libertad de cultos; Jean-Jacques Rousseau planteó en El contrato social (1762) el principio de la soberanía popular, que el pueblo ejerce a través de representantes libremente elegidos.
Durante el siglo XVIII, Francia vivió una serie de desajustes sociales propios de unas estructuras anquilosadas incapaces de adaptarse a la dinámica de los tiempos. El desarrollo de la economía, con importantes avances en sectores como la industria y el comercio, había favorecido el protagonismo de la burguesía, cuyo creciente poder económico no se veía correspondido con la función que le era asignada en la sociedad del Antiguo Régimen. A la eclosión de la burguesía como nueva realidad social cada vez más reacia a tolerar las prerrogativas y prebendas de los estamentos superiores, había que añadir la insoportable situación del campesinado francés, sujeto a un sistema de explotación señorial que, lejos de suavizarse a lo largo del siglo XVIII, tendía a hacerse aún más oneroso.
En la década de 1780, una sucesión de malas cosechas y graves crisis agrícolas desencadenaron la casi paralización de los restantes sectores económicos, íntimamente dependientes del sector primario. La prolongada depresión se dejó sentir con notable intensidad en el campo y en la ciudad, sucediéndose, en los años que precedieron a la Revolución, una serie de motines y levantamientos populares provocados por la carestía y la escasez de los productos de primera necesidad.
La crisis financiera como desencadenante inmediato
Si las causas mencionadas contribuyeron a preparar el clima para el estallido de la Revolución Francesa, el factor que lo precipitó fue la crisis política surgida cuando Luis XVI intentó hacer frente a la caótica situación financiera por la que pasaba el erario público. El déficit crónico de la monarquía se había convertido en el problema más acuciante para los últimos gobiernos del despotismo ilustrado. Los gastos provocados por el apoyo a la independencia de las colonias británicas en América y por los dispendios de la corte de Versalles hacían inaplazable la toma de medidas urgentes en unos momentos en los que el Estado carecía de crédito ante los banqueros y ya no podía recurrir al clásico expediente de incrementar la presión fiscal a los que siempre la habían soportado.
En estas circunstancias, los responsables de finanzas de los gabinetes de Luis XVI, Robert Jacques Turgot (1774-1776) y Jacques Necker (1778-1781), sugirieron al monarca algunas medidas encaminadas a equilibrar el presupuesto, aunque no lograron su objetivo al ser destituidos de sus cargos por la presión de los sectores más conservadores de la nobleza y del clero. Jacques Necker llegó a publicar en 1781 un presupuesto de la nación (Compte rendu au roi) que supuso su inmediato cese: por primera vez la opinión pública conoció las elevadas partidas destinadas a sufragar los gastos de la corte. Tal ejercicio de transparencia le reportó un gran prestigio entre el pueblo y la burguesía.
En 1783, Charles Alexandre de Calonne, nuevo ministro de finanzas, intentó poner en práctica un plan de reforma fiscal basado en las ideas de sus antecesores, que, en síntesis, suponía la desaparición de los privilegios fiscales de la nobleza y el clero. La frontal oposición de los poderosos provocó su caída en abril de 1787; le sustituyó Loménie de Brienne, arzobispo de Toulouse y uno de los más acérrimos enemigos de las reformas.

Sesión inaugural de los Estados Generales (5 de mayo de 1789)
El nuevo ministro, una vez comprobado el colapso financiero que amenazaba al Estado, recurrió de nuevo al proyecto de Calonne, retocado en algunos puntos. En esta ocasión, los «privilegiados», que se habían erigido en representantes de los intereses de la nación, negaron al monarca toda capacidad legal para cambiar el sistema fiscal francés y solicitaron la convocatoria de los Estados Generales, argumentando (conforme a la tesis del duque Luis Felipe II de Orleans) que eran la única institución histórica que tenía poder para ello.
Como cuerpo legislativo que actuaba en representación de cada una de las tres clases sociales, la nobleza, el clero y el pueblo (el «Tercer Estado»), los Estados Generales habían tenido un importante papel en la Francia de los siglos XIV y XV. Sin embargo, la deriva centralista y absolutista protagonizada desde entonces por las monarquías europeas había por lo general reducido este tipo de instituciones a órganos consultivos o decorativos; era el caso de los Estados Generales, de los que puede incluso afirmarse que yacían en el olvido: su última reunión había tenido lugar en 1614.
La rebelión popular de París tuvo inmediata repercusión en los núcleos de población de toda Francia. En pocas jornadas, la burguesía conquistaba el poder municipal, estableciendo comunas revolucionarias en lugar de las antiguas oligarquías locales, y encuadrando a las clases medias en milicias cívicas encargadas de velar por el orden público. Luis XVI aceptaba, mientras tanto, los hechos consumados retirando las tropas, restituyendo en su cargo a Necker (16 de julio) y recibiendo con todos los honores la nueva enseña nacional: la escarapela tricolor de la municipalidad de París, origen de la actual bandera francesa.
Cuando la revuelta urbana comenzaba a remitir, la ola revolucionaria sacudió con notable intensidad el mundo rural. Era «el Gran Miedo» (la Grande Peur), un fenómeno de paroxismo colectivo surgido al socaire de noticias confusas sobre partidas de bandidos que, en convivencia con los poderosos, recorrían los campos sembrando la destrucción y la muerte. En todos los lugares aparecieron grupos de campesinos armados que, ante la falsedad de las noticias, dirigieron sus iras contra los castillos y registros notariales, donde se suponían depositados los documentos acreditativos de los derechos feudales que históricamente habían pesado sobre sus espaldas.
La Asamblea Nacional (1789-1791)
La Asamblea Nacional se había convertido en Asamblea Nacional Constituyente con la misión de redactar una Constitución y dar a Francia una nueva forma de gobierno. La rebelión del campesinado tuvo un profundo impacto en la Asamblea Constituyente, cuyos miembros, ante el temor de una situación que pudiera hacer fracasar sus proyectos, acordaron -en la noche del 4 al 5 de agosto de 1789- la abolición de todo vestigio de régimen feudal: se decretó la supresión de los derechos feudales y se declaró ilegal el sistema de impuestos existente. En teoría, las ancestrales reivindicaciones campesinas quedaban satisfechas; a partir de entonces quedaba por construir un nuevo régimen que garantizara los principios del nuevo orden burgués.
Siguiendo el ejemplo americano, el 26 de agosto de 1789 los miembros de la Asamblea Constituyente aprobaron una relación de derechos del ciudadano que había de servir de preámbulo a la constitución. La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (con una visión más universalista que su homónima americana) establecía los principios de libertad, igualdad, inviolabilidad de la propiedad y resistencia a la opresión, que iban a constituir la base de toda la legislación revolucionaria. El rey no la aceptó hasta el mes de octubre; después, se trasladó a París y se alojó en el Palacio de las Tullerías. La Asamblea se trasladó también a la capital y se dispuso a continuar allí su labor.
La burguesía moderada era el grupo que contaba con mayor representación en la Asamblea; considerando la configuración de la cámara, sostenían posturas centristas: eran partidarios de una monarquía constitucional con poderes limitados que pusiese remedio a los males sociales. A la derecha se encontraban los aristócratas, partido que aglutinaba los elementos más conservadores, defensores del absolutismo. En la izquierda se situaban los republicanos, entre los que figuraba Maximilien de Robespierre. Al margen de la pluralidad ideológica surgida en la cámara y fuera de ella (clubes de opinión y tertulias políticas: fuldenses, jacobinos, cistercienses, franciscanos), los principales dirigentes del proceso revolucionario acordaron llevar a la práctica una experiencia política de carácter monárquico y parlamentario, fruto de un compromiso entre la corona y la revolución.
La Constitución de 1791 sancionaba la división de poderes, concediendo al rey las funciones del ejecutivo, y a un parlamento -elegido cada dos años- amplias atribuciones legislativas. La filosofía burguesa que inspiraba el texto legal aparecía, sin embargo, reflejada en el establecimiento de dos categorías de ciudadanos: activos (los que poseían derechos civiles y políticos -capacidad de voto- por ser contribuyentes) y pasivos (los que sólo tenían derechos civiles). Con ello quedaban excluidas del derecho a voto las clases bajas, hecho que condujo prontamente a su radicalización y a la exigencia del sufragio universal.
Aparte de la obra constituyente, la Asamblea desplegó también una ingente tarea legislativa. En primer lugar, se diseñó una descentralización y racionalización administrativa, por la que Francia quedaba dividida en 83 departamentos, en los que coincidían las diversas jurisdicciones administrativas con consejos de gobierno y autoridades locales elegidas por los habitantes de cada circunscripción. Otro hecho importante fue la reordenación de la administración de justicia, al establecer, según la nueva división territorial, distintas instituciones judiciales (juzgados de paz, tribunales civiles y tribunales de lo criminal), a cuyos cargos se accedía por elección.
Para institucionalizar la igualdad civil y la libertad económica, la actuación de los legisladores se dirigió a abolir toda clase de trabas que imposibilitaran el acceso de cualquier ciudadano a cargos civiles y militares; se eliminaron asimismo los impedimentos al comercio interior (supresión de aduanas y peajes), a la industria (abolición de gremios y prohibición de asociaciones obreras), a la agricultura (cercamiento), y, lo que era más importante, se reguló la igualdad de todos los ciudadanos ante los impuestos. De este modo la burguesía lograba establecer, junto al liberalismo político, las bases del liberalismo económico, eliminando las limitaciones que obstaculizaban su expansión económica.
Las acuciantes necesidades financieras del Estado, agravadas por la propia revolución, contribuyeron a que la Asamblea Nacional Constituyente determinara la nacionalización del patrimonio eclesiástico para enjugar con su venta el déficit público. Minadas sus posibilidades de subsistencia, la Iglesia católica pasó a depender del Estado, el cual, a través de la Constitución Civil del Clero (12 de julio de 1790), impuso una reorganización drástica de sus tradicionales estructuras y normas de funcionamiento interno, adaptándolas a la nueva filosofía revolucionaria (reducción de los 134 obispados existentes a 83, uno por departamento; provisión de cargos religiosos -párrocos, vicarios, obispos y arzobispos- por elección, como cualquier empleo público).
Los grandes cambios impulsados por la Asamblea Legislativa encontraron la férrea oposición de los privilegiados, muchos de los cuales emigraron a los países limítrofes esperando una acción inmediata de las monarquías absolutas europeas, que ya comenzaban a dar muestras de inquietud. La actitud del papa Pío VI al condenar la Constitución Civil del Clero -y, con ella, a la revolución- abrió un cisma en la Iglesia y en la sociedad francesas que tendría graves e inmediatas consecuencias.